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Gijón, Asturias, Spain

miércoles, 30 de octubre de 2013

Ideas para reciclar latas de conservas

Estas son algunas propuestas que hemos encontrado por Internet para reutilizar las latas de conservas que siempre acabamos tirando a la basura... ¿Te animas?...


Una simple lata de conservas se puede transformar en un simpático portavelas para Halloween.




Y llena de cera y con una mecha puede ser una vela preciosa.



Si tienes varias del mismo tamaño, las forras con papel o tela y las cuelgas en vertical, pueden hacer de soporte para pequeñas velas.



Y pintadas pueden ser un elegante candelabro.



Si la lata de conservas es redonda, se puede convertir en un simpático reloj.



Y también se pueden transformar en lámparas de techo...



O de mesa...



Si a la lata le pegamos algunos abalorios, quedará muy bien en el cuarto de baño, para guardar las brochas de maquillaje o el cepillo de dientes.



También pueden servir para mantener en orden nuestros ovillos de lana.



Y en la cocina... Pueden ser tazas de colores...



O recipientes para utensilios...



O moldes para galletas...




O un frutero... Hecho con dos platos, uno llano y otro de postre que hará de base.



Además, son perfectas para ordenar los lápices.
 
 


Pero también para recoger flores...



O pueden ser macetas para bulbos...



O contenedores para todas nuestras herramientas...



Y como contenedor ¡¡para lo que quieras!!...



¿Te gusta?...

miércoles, 31 de julio de 2013

EN AVILÉS

Manzana de Los Álvarez.

Edificio situado en la zona mas comercial de Avilés. Dispone de viviendas de 1, 2 y 3 dormitorios. Posibilidad de plaza de garaje.

Desde 143.438 €
















miércoles, 19 de junio de 2013

Ideas para la cocina

Os mostramos algunas ideas para decorar vuestra cocina, de estilo tradicional o mas moderno, en tonos mas claros o mas oscuros, con isla o sin ella...













miércoles, 12 de junio de 2013

Sobre el Certificado de Calificaciones Energéticas

A partir del día 13 de Julio, todas las Comunidades Autónomas deberán tener regulado cada punto de este Certificado (profesionales capacitados para realizarlo, tasas, organismo donde se registrará, sanciones,...) pero, por el momento, esto es lo que debemos saber sobre el Certificado de Calificaciones Energéticas.

  1. Es un documento que refleja el consumo energético de una vivienda e informa del gasto de energía al futuro comprador o inquilino de la casa. Tiene en cuenta parámetros como aislamiento, orientación, sistemas de generación de energía, instalación de agua caliente, sistemas lumínicos...
  2. Es obligatorio a partir del 1 de Junio de 2013, para todas las casas, nuevas o usadas, que se vendan o alquilen a un nuevo arrendatario.
  3. Están exentos de tener el Certificado: Construcciones con previsión de uso igual o inferior a dos años, edificios aislados con menos de 50 metros útiles, edificios comprados para su demolición y edificios de pisos para alquilar por menos de 4 meses al año o que gasten un 25% de la energía que consumirían si están ocupados todo el año.
  4. El Certificado deberá incluir recomendaciones de mejora de la eficiencia energética.
  5. El propietario elegirá al profesional capacitado para expedir el Certificado.
  6. Están capacitados para expedir el Certificado los profesionales que pueden proyectar y dirigir obras de edificación y de instalaciones, por lo tanto, arquitectos, arquitectos técnicos, ingenieros industriales e ingenieros técnicos industriales estarían cualificados. Ahora, los registros de las CC.AA. están trabajando en listados de empresas y profesionales cualificados para su realización.
  7. Tarda en hacerse unos 10 días naturales como máximo y su coste lo marcará el mercado (oferta-demanda).
  8. Además, cada comunidad autónoma cobrará una tasa aún por especificar.
  9. El Certificado tiene validez por 10 años y es el propietaro el responsable de renovarlo.
  10. Según el Real Decreto, no se podría publicitar el arrendamiento o venta de la vivienda sin disponer de esta documentación.

martes, 11 de junio de 2013

¿Buscas un piso en Gijón con vistas al mar?

¿Qué te parece este?...

Con preciosas vistas a la playa de San Lorenzo, todo exterior, en el mejor edificio del paseo, 4 habitaciones, 2 baños y aseo, 150 m2 útiles, todo exterior, salón de 30 metros, amplios huecos, empotrados en todas las habitaciones, sauna, servicios centrales, plaza de garaje en el mismo edificio,...




jueves, 6 de junio de 2013

Hoy entra en vigor la Ley del Alquiler...

  1. Todos los contratos de alquiler que se firmen a partir del 6 de Junio de 2013 se regirán según la nueva normativa, publicada el 5 de Junio en el Boletín Oficial del Estado.
  2. Los firmados con anterioridad seguirán la legislación vigente cuando se hicieron efectivos.
  3. A partir de ahora, los contratos de arrendamiento tendrán una duración mínima de tres años con una prórroga tácita de uno mas si el inquilino así lo desea y cumple con todas sus obligaciones y el propietario no haga efectivo su derecho a recuperar su casa.
  4. La actualización de las rentas podrá desligarse del IPC. Inquilinos y propietarios podrán pactar cualquier otro sistema.
  5. El inquilino tendrá derecho a rescindir el contrato a partir del sexto mes de su firma avisando con 30 días de antelación a su casero.
  6. El casero tendrá derecho a recuperar su vivienda antes del plazo estipulado en la firma, para destinarla a uso permanente en determinados supuestos, a partir del primer año, "sin necesidad de previsión expresa" y avisando con dos meses de antelación.
  7. Será recomendable inscribir el contrato en el Registro de la Propiedad por parte del inquilino. Este registro asegurará al arrendatario su permanencia en la casa frente a supuestos como que el inmueble sea adjudicado a un banco o el propietario decida vender su vivienda por ejemplo. Si no está registrado, el inquilino sería desalojado en tres meses.
  8. El inquilino podrá realizar obras en la vivienda, siempre acordadas con el casero, y restar estos gastos de las rentas a pagar.
  9. El nuevo contrato puede plasmar la renuncia del inquilino a su derecho preferente de compra si así lo acuerdan ambas partes.
  10. En caso de impagos se habilita un plazo de 10 días para que el arrendatario pague la deuda pendiente antes de iniciarse el proceso judicial o para que exprese sus alegaciones ante una posible denuncia.


martes, 4 de junio de 2013

Se acerca el verano...

¡Buenos días! Ya es Junio... Se acerca el verano... ¿Y que mejor plan que disfrutar de un riquísmo helado de Smöoy? Hoy os proponemos el de frutas, con kiwi, fresas,... que, además de estar buenísimo, ¡¡es bajo en calorías!!
Podéis encontrar una heladería Smöoy en Gijón junto a nuestra oficina de la Plaza del Instituto.
¡¡Que lo disfrutéis!!


viernes, 26 de abril de 2013

CAMBIO DE TERCIO

Hoy cambiamos de tercio, siempre dentro del mundo de la vivienda. Dejamos a un lado por un día temas fiscales y legales, muy interesantes y profesionales, para comentar la nueva promoción que desde la Agencia estamos desarrollando:

El Edificio "el Bibio", situado frente a la Plaza Toros de Gijón, una construcción singular, moderna, en un entorno excepcional por su localización dentro de la ciudad. Con viviendas totalmente exteriores, muy amplias y con soleadas terrazas, diseñadas para no tener vecinos, independientes unas de otras, de 1-2 y 3 dormitorios, con disponibilidad de plazas de garaje y trastero, materiales de primeras calidades, y a un paso del Parque Isabel la Católica, la playa de San Lorenzo, el Grupo Covadonga, el Chas, Las Mestas y el Molinón.

Una iniciativa singular en un año muy especial, en el que se cumple el 125 aniversario de la Plaza de Toros de la ciudad, construida según proyecto del arquitecto Ignacio Velasco, y cuya primera piedra fue colocada el 2 de Enero de 1888 e inaugurada el 12 de Agosto del mismo año.



lunes, 22 de abril de 2013

SENTENCIA DE EL TRIBUNAL DE JUSTICIA DE LA UNION EUROPEA (TJUE) SOBRE LA EJECUCCION HIPOTECARIA

El TJUE dio vía libre a los jueces españoles para paralizar todos procedimientos de ejecución hipotecaria en los que considere que los contratos firmados entre el cliente y el banco pueden contener cláusulas abusivas.

 La sentencia tiene una enorme trascendencia para miles de familias inmersas en uno de estos  procedimientos -paso previo al desahucio-; sin embargo, son muchas las dudas o los interrogantes  que plantea...

1.- No afecta a todas las ejecuciones hipotecarias

La sentencia no implica la paralización de todos los procedimientos ni de todos los lanzamientos -desahucios-. De hecho, no es una sentencia que tenga alcance global, sino que cada juez deberá analizar caso por caso.

“Hasta ahora, el afectado disponía de un plazo de 10 días para plantear al juez la existencia de cláusulas abusivas. Ahora, y con esta sentencia sobre la mesa, aunque hayan pasado esos 10 días, el juez encargado del procedimiento no puede mirar hacia otro lado, sino que está obligado a entrar a valorar la existencia o no de este tipo de cláusulas”, explica Javier Sevillano, de Legal & Media.

2.- No garantiza no perder la vivienda
La sentencia europea permitirá ganar tiempo a miles de familias, pero en muchos casos no evitará que, tarde o temprano, pierdan su vivienda.
 Un ejemplo: “Imaginemos una hipoteca con una cláusula suelo o unos intereses de demora muy elevados. La ejecución hipotecaria ya se ha iniciado. Si el deudor considera que dicha cláusula es abusiva, puede instar al juez a que paralice el procedimiento. Tras la sentencia de Luxemburgo, el juez ya puede entrar a valorarla. Si la declara abusiva puede ordenar una nueva liquidación de las cuotas y un nuevo cálculo de la deuda y archivar incluso la ejecución hipotecaria. El banco realizará una nueva liquidación y reclamará a su cliente las cantidades que correspondan una vez anuladas dichas cláusulas. Si el cliente sigue sin poder pagar al banco, este puede volver a iniciar el procedimiento. En realidad, se consigue dilatar el procedimiento más que resolver nada."

3.- No define qué es una cláusula abusiva y qué no
El TJUE se refiere a las cláusulas abusivas, pero no define cuáles son. "La sentencia se refiere a la forma en la cual se realizan las ejecuciones hipotecarias en España, pero no entra en el fondo, en si una cláusula suelo o un interés de demora, en sí mismos, son abusivos", aclara el abogado Santiago Viciano, de V Abogados.
No dice, por ejemplo, a partir de qué porcentaje son abusivos los intereses de demora o si es abusiva la cláusula relativa al vencimiento anticipado de la deuda o la liquidación unilateral de la deuda impagada.
“La sentencia del TJUE no se pronuncia sobre este tema. Únicamente manifiesta que en cada caso será el juez competente quien lo determine en base a la legislación nacional y a unos criterios generales proporcionados por el Tribunal”, aclaran desde la Asociación Hipotecaria Española (AHE).
De esta manera, “todo el peso recae sobre el juez. Es él quien debe determinar si un 18% en un interés de demora es abusivo o no lo es”, aclara Javier Sevillano. “Lo que para un juez puede serlo, para otro puede que no”, añade.
Recordemos, por ejemplo, que los jueces madrileños se reunieron hace un mes para intentar determinar a partir de qué porcentaje se considera abusivo el interés. No hubo acuerdo. No hay que olvidar también que la intención del Gobierno es la de limitar dichos intereses de demora a tres veces el tipo de interés legal del dinero, que en 2012 fue del 4%. La medida se incluye dentro del proyecto de ley de medidas urgentes para reforzar la protección de los deudores hipotecarios, pero no tendrá carácter retroactivo.

4.- No tiene carácter retroactivo
Este es otro aspecto relevante. La sentencia se refiere a los procedimientos actualmente en marcha. En ningún momento se habla de las ejecuciones ya consumadas. “Las sentencias que ya se han dictado tendrían, en principio, validez. Lo único que puede ocurrir es que se tramite una reclamación por parte del desahuciado y que este acredite que se ha producido un perjuicio”, explican desde DAS Internacional.
No obstante, Juan José Alonso, responsable de derecho mercantil de Lex Nova y abogado de ICAM, señala que “el perjuicio causado a la persona que ha sido desahuciada es irreparable”. Añade que “no hay indemnización suficiente que pueda compensar el perjuicio sufrido”. Y se pregunta, “¿cuál sería la opción, quitar la vivienda a una tercera persona que la adquirió de buena fe?”.

5.- No habla de dación en pago
El TJUE tampoco se refiere en ningún momento a la posibilidad de que el cliente o la familia en apuros puedan saldar la deuda con el banco con la entrega de la vivienda. Sin embargo, gracias a esta sentencia, la deuda que el banco reclama a su cliente puede no ser tan elevada.
Por un lado, por los intereses de demora. Si el juez considera que son abusivos, la cantidad reclamada por el banco será menor. Y, por otro lado, porque el juez también podría considerar abusiva la cláusula de vencimiento anticipado de la deuda.

martes, 19 de febrero de 2013

LA DACIÓN EN PAGO, ¿MÁS CERCA?

El ministro de Economía presenta las enmiendas gubernamentales al Proyecto de ley de protección de los deudores hipotecarios, que pasan por abrir la mano en el Código de Buenas Prácticas y por topar el endeudamiento.

(Fuente: Expansión).




El ministro de Economía, Luis de Guindos, anunció en el Congreso de los Diputados su propuesta de reforma hipotecaria, con "el objetivo de proteger a los deudores". La principal novedad será la ampliación del Código de Buenas Prácticas hipotecarias de la banca, para que más familias se puedan beneficiar de la reestructuración de su deuda y de la dación en pago, tal como adelantó EXPANSIÓN el martes. Además, se limitará a 30 años el plazo máximo de amortización de las hipotecas que puedan ser objeto de titulización.

¿Cómo se incentivará la dación en pago? Se "elevará", según De Guindos, el umbral de ingresos para poder beneficiarse del código, actualmente en 16.000 euros anuales (2,5 veces el IPREM). La idea es situarlo en 3 veces el IPREM (19.000 euros anuales), apuntó el ministro. Ese umbral también se modificará "para ser más inclusivo y modificarse en función de las cargas y las situaciones familiares", señaló, aunque incidió que lo fundamental será elevar el umbral de ingresos.
Además, si el banco rechaza la reestructuración de la deuda que propone el deudor dentro del Código de Buenas Prácticas, tendrá que justificarlo por escrito. Asimismo, se reducirá del 20% al 10% el interés de demora de los alquileres que se pondrán a disposición de quienes opten por la dación en pago.

Estas medidas buscan hacer más atractivo el código bancario, ya que sus resultados hasta ahora han sido escasos. De marzo a diciembre se registraron 1.500 solicitudes de adhesión a las ventajas del código, de las que se resolvieron 800. En 317 casos se reestructuró la deuda y en sólo 78 se aprobó la dación en pago. Con las medidas que propone el Ejecutivo ahora, cancelar la hipoteca con la entrega de las llaves será más fácil.

Por otro lado, De Guindos explicó que la limitación a 30 años del plazo de amortización de los "préstamos para vivienda habitual que puedan ser objeto de cédulas hipotecarias" busca desincentivar el "sobreendeudamiento" de las familias. "No es que se prohíba conceder hipotecas a más de 30 años, pero se limitarán de forma indirecta. 30 años es un tiempo suficientemente dilatado y, si se va a más, la posición del deudor puede ser mucho más vulnerable", agregó De Guindos.

Pactar con el PSOE

Ésta es una medida que propone el PSOE. En principio, el Gobierno lo que quería era limitar el plazo de los préstamos a la edad de jubilación de los deudores, pero ahora será más fácil buscar un acuerdo con la oposición.

Las enmiendas que el Gobierno y el PP quieren poner sobre la mesa de negociación con el resto de partidos se han concebido como punto de partida para un gran acuerdo parlamentario, ya que "existen múltiples puntos de encuentro entre los partidos", como apuntó De Guindos. Es decir, son enmiendas que se podrán mejorar en la tramitación parlamentaria, en aras de un acuerdo que se firmaría "a mediados de febrero".

La diputada del PSOE que defendió la enmienda a la totalidad en el Congreso, Leyre Iglesias, calificó el plan del Ejecutivo como "medidas de mínimos, que afectan a muy pocos".
Sin embargo, Guindos hizo otro guiño a los socialistas, aprobando una medida retroactiva: se reducirán los intereses de demora de las hipotecas del 20% actual al 12%. El Ejecutivo iba a proponer rebajarlos al 6% (el interés legal, del 4% este año, más dos puntos), pero ahora los limitarás a "tres veces el interés legal del dinero". Es decir, al 12%. Pero de forma retroactiva, lo que supone un alivio para miles de hipotecados. Cada persona que impague una hipoteca antigua o futura tendrá ese tope del 12% desde el día después de la entrada en vigor de la reforma. Incluso quienes actualmente ya pagan intereses de demora.

Esta modificación sobre los documentos que preparaba el Ministerio de Economía -que apostaban por unos intereses del 6%- se produce tras una reunión del Tesoro con representantes de las entidades financieras, y a la espera de la negociación con el PSOE, que se planta en el 6%.

Asimismo, se cambiará de forma radical el marco de actuación de las tasadoras. En primer lugar, se aumentará del 60% al 70% el valor de tasación mínimo al que se adjudican los bancos los inmuebles en las subastas, cuando quedan desiertas. Además, la tasación que presente el deudor prevalecerá sobre la del banco, y será, como mínimo, del 75% del importe al que se valoró el piso en un principio.
También se facilitará el acceso de los postores a las subastas, rebajando los requisitos como el aval necesario para pujar, que caerá del 20% al 5% del valor de tasación.
Por último, se limitará del 25% al 10% la participación máxima de la banca en las compañías valoradoras.

miércoles, 13 de febrero de 2013

Mercado de Segunda Mano

El Mercado de Vivienda es de Segunda Mano

El Mercado de la Vivienda en Gijón es hegemónicamente de Segunda Mano


Agencia Álvarez




El 78,21% de las ventas cerradas en 2012 fueron de pisos usados frente a un 21,79% de producto inmobiliario nuevo. Así se pone de manifiesto el  estudio de la Agencia Álvarez, que confirma el cambio de tendencia experimentado en la oferta y la demanda inmobiliarias de la ciudad desde que irrumpieron con fuerza las subastas de viviendas propiedad de entidades financieras.

Los descuentos en algunos pisos embargados por ejecuciones hipotecarias pueden llegar al 80%, pero en viviendas antiguas y poco atractivas. La media se sitúa entre el 40 y el 60% sobre el precio inicial. Pero la gran ventaja del producto bancario, que también explica su creciente salida en el mercado, es que lleva vinculada la financiación al 100% del valor de tasación. Unas condiciones con las que no se puede competir en este momento en que las entidades bancarias, salvo contadísimas excepciones, dificultan el crédito a todos los demás.

Otro factor fundamental para explicar este predominio de las ventas en segunda mano es que cada vez se inician menos promociones nuevas y también van quedando menso excedentes de constructores por colocar. Baste recordar que el Ayuntamiento sólo otorgó a lo largo de 2012 cinco licencias para construir nuevos edificios residenciales. En total 305 viviendas, de las que más de la mitad son las que promueve Asturcasa en el solar que ha quedado libre en el tramo final de Marqués de San Esteban, frente a la playa de Poniente.

El estudio del comportamiento del mercado de la vivienda en Gijón en 2012 señala que el plazo medio para realizar las transacciones fue de seis meses, si bien precisa que desde que se ajusta el precio sobre las pretensiones iniciales de venta, las operaciones inmobiliarias tardan en cerrarse un mes. Eso sí, siempre que esté resuelto el escollo de la financiación bancaria.

El trabajo de campo también revela que la variable precio es la clave a la hora de adquirir una vivienda en Gijón. Los ajustes llevados a cabo el año pasado rebajaron la media del precio de venta de los pisos hasta 184.958 euros (11.337 euros menos que en 2011 y 12.179 menos que en 2010) y 2.392 euros el metro cuadrado. Las zonas donde más se vendió fueron el Centro (35,60 %), Viesques (20%), y después en las mismas proporciones La Calzada, Montevil-Nuevo Gijón, y Semicentro.

El informe anual de la Agencia Álvarez se diferencia se diferencia de otros estudios, como los que ofrecen periódicamente los principales portales web inmobiliarios, en que los precios considerados son siempre de ventas reales en lugar de los iniciales que ponen las empresas promotoras y los particulares.

En los precios de venta también quedan fuera de valoración las plazas de garaje y los trasteros. Además, han sido descontados en vivienda nueva el IVA y en segunda mano el impuesto de transmisiones patrimoniales (ITP). Este estudio considera como viviendas nuevas aquellas con una antigüedad igual o menor a dos años y como pisos de segunda mano aquellas con una antigüedad superior a los dos años.


jueves, 3 de enero de 2013

CUDILLERO - ASTURIAS

En Cudillero, Asturias, chalets individuales a estrenar. 135 metros cuadrados útiles, 3 dormitorios, 2 baños, parcela de 685 metros, excelentes comunicaciones. A 10 minutos del aeropuerto de Asturias.
Desde 180.000 euros.